
Las bajas médicas no son un privilegio, son un derecho de las personas trabajadoras
Las recientes declaraciones de Alberto Núñez Feijóo sobre el absentismo laboral han vuelto a situar en el centro del debate a miles de trabajadores y trabajadoras que se encuentran de baja médica por motivos de salud. Sin embargo, el discurso del líder del Partido Popular incurre en una peligrosa simplificación: equiparar una incapacidad temporal derivada de una enfermedad o un accidente con el absentismo laboral.
No solo es una afirmación injusta para quienes atraviesan un problema de salud, sino que además transmite una imagen completamente alejada de la realidad del sistema laboral español.
Una baja médica no significa cobrar el salario íntegro
Uno de los argumentos que con frecuencia se utilizan para alimentar este tipo de discursos es que las personas de baja continúan percibiendo el mismo sueldo sin trabajar. Esa afirmación es falsa en la mayoría de los casos.
La prestación económica por incapacidad temporal depende del origen de la baja y de la duración de la misma.
En caso de enfermedad común o accidente no laboral
La normativa general establece que:
- Los tres primeros días no se cobra prestación, salvo que el convenio colectivo mejore esta situación.
- Desde el día 4 hasta el día 20 se percibe el 60% de la base reguladora.
- A partir del día 21 se cobra el 75% de la base reguladora.
Es cierto que algunos convenios colectivos complementan estas cantidades hasta alcanzar el 100% del salario, pero no es una obligación general de la legislación española.
En caso de accidente laboral o enfermedad profesional
Cuando la baja deriva de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional:
- Desde el día siguiente a la baja se percibe el 75% de la base reguladora.
- También aquí numerosos convenios colectivos completan el salario hasta el 100%, aunque nuevamente no es una obligación legal universal.
Por tanto, afirmar o insinuar que todas las personas de baja siguen cobrando exactamente igual que quienes trabajan es sencillamente incorrecto.
Enfermar no es absentismo laboral
Uno de los principales problemas del discurso de Feijóo es mezclar conceptos que jurídicamente son distintos.
El absentismo laboral suele utilizarse para describir las ausencias al trabajo, pero cuando estas están justificadas mediante una incapacidad temporal reconocida por un médico, no pueden considerarse un comportamiento irresponsable del trabajador.
Una baja médica existe porque un profesional sanitario determina que una persona no puede desarrollar su actividad laboral sin poner en riesgo su salud o la de otras personas.
Confundir enfermedad con absentismo supone trasladar la sospecha sobre cualquier trabajador que atraviesa una situación complicada.
Nadie decide romperse una pierna.
Nadie elige sufrir un cáncer.
Nadie planifica una operación quirúrgica.
Nadie busca padecer una depresión, una ansiedad incapacitante o una enfermedad crónica.
Hablar de estas situaciones como si fueran simples «ausencias laborales» invisibiliza la realidad de millones de personas.
El verdadero problema no son los trabajadores enfermos
España lleva años sufriendo problemas estructurales relacionados con el empleo.
Entre ellos destacan:
- La precariedad laboral.
- La elevada temporalidad.
- Los salarios insuficientes.
- Las largas jornadas.
- Los riesgos psicosociales.
- El aumento de problemas de salud mental derivados del trabajo.
Muchos trabajadores continúan acudiendo enfermos a sus puestos por miedo a perder ingresos o incluso su empleo.
Este fenómeno, conocido como presentismo laboral, también genera importantes pérdidas económicas y puede agravar enfermedades o provocar accidentes.
Sin embargo, este aspecto apenas aparece en el debate político cuando se habla de bajas médicas.
Criminalizar a quienes están enfermos es una estrategia equivocada
Cada vez que desde determinados sectores políticos se pone el foco sobre las bajas médicas como si fueran un abuso generalizado, el mensaje que reciben miles de trabajadores es muy claro: si enfermas, estarás bajo sospecha.
Ese discurso genera un clima de desconfianza hacia personas que ya atraviesan situaciones complicadas.
La inmensa mayoría de las incapacidades temporales están controladas por:
- Médicos de Atención Primaria.
- Inspecciones médicas.
- Servicios públicos de salud.
- Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
No basta con que un trabajador diga que está enfermo. Existe un sistema médico y administrativo que supervisa cada proceso de incapacidad temporal.

Resulta contradictorio hablar de absentismo mientras se acumulan ausencias parlamentarias
Las declaraciones sobre el absentismo laboral también han provocado críticas políticas hacia Alberto Núñez Feijóo debido a sus propias ausencias en el Congreso de los Diputados.
Diversas publicaciones han señalado que el líder del Partido Popular ha faltado a numerosas sesiones parlamentarias durante la legislatura.
Más allá del debate político, la comparación pone de manifiesto una diferencia esencial: una baja médica está respaldada por criterios sanitarios y protegida por la legislación laboral, mientras que las ausencias parlamentarias obedecen a una lógica completamente distinta, vamos que no acude al Congreso por que no quiere y no le pasa nada, eso si EL si cobra lo mismo, si va al congreso o se queda en su casa.
Defender las bajas médicas es defender la salud pública
Las bajas laborales existen para proteger tanto a los trabajadores como al conjunto de la sociedad.
Permiten la recuperación de enfermedades.
Evitan contagios en los centros de trabajo.
Reducen riesgos laborales.
Favorecen una reincorporación segura.
Convertirlas en un arma política solo contribuye a estigmatizar a quienes atraviesan problemas de salud.
Conclusión
Las palabras de Alberto Núñez Feijóo contribuyen a alimentar un relato que presenta a las personas de baja médica como responsables de un supuesto problema de absentismo laboral. Sin embargo, esa equiparación ignora una realidad evidente: una incapacidad temporal reconocida por un médico no es un acto de absentismo, sino el ejercicio de un derecho protegido por la legislación española.
Además, la mayoría de los trabajadores de baja no perciben el 100% de su salario, sino prestaciones que, con carácter general, se sitúan en el 60% de la base reguladora entre los días 4 y 20 de una enfermedad común y en el 75% a partir del día 21. En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, la prestación general es del 75% desde el día siguiente a la baja, salvo que el convenio colectivo establezca mejoras.
Si realmente se quiere mejorar la productividad y reducir las ausencias en el trabajo, el debate debería centrarse en combatir la precariedad, mejorar la prevención de riesgos laborales, reforzar la salud mental y garantizar condiciones laborales dignas, en lugar de señalar a quienes, sencillamente, tienen la mala fortuna de enfermar.





